Revista de Derecho; Vol. 19 Núm. 37 (2020); 179-197
Editor
Universidad de Montevideo. Facultad de Derecho
Notas
En el presente trabajo, se analiza la sospecha de no conformidad de los bienes entregados como causal de incumplimiento bajo la Convención de Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Partiendo de una exégesis de la Convención y de su aplicación a nivel local, se analiza la obligación del vendedor de entregar bienes conformes. Posteriormente se estudia la evolución de doctrina y jurisprudencia a nivel comparado, que primero bajo determinados supuestos pero cada vez más ampliamente acepta a la sospecha de defectuosidad de los bienes como invirtiendo la carga probatoria -debiendo el vendedor disiparla- o, en su defecto, posibilitando la resolución del contrato. Se concluye que se trata de un instrumento aún discutido, pero cuya existencia presenta una evidente utilidad práctica que debe ser tenida en cuenta por los operadores jurídicos locales.