Revista de Derecho; Vol. 8 Núm. 15 (2009); 215-222
Editor
Universidad de Montevideo. Facultad de Derecho
Notas
El presente trabajo tiene como objetivo fundamental realizar un análisis, que no pretendo sea exhaustivo pero sí reflexivo, acerca del alcance de la ética en la actitud de los profesionales asesores del Estado, como funcionarios técnicos de éste y más específicamente en la ética en la actitud y el proceder del asesor letrado de la Administración. A modo de rápida introducción que apunte a revelar el objetivo de mi trabajo, me importa destacar casos nítidamente claros de comportamiento ético y comportamiento no ético, pasando luego a lo que puede ser calificado como una verdadera zona gris de nuestra profesión.Es fácil distinguir, por ejemplo, el ejercicio responsable e interesado de la medicina, en el cual la relación médico paciente cobra la dimensión superior de la función, respetando los mandamientos de la misma como expresión ética de un rol, en contraste con el ejercicio irresponsable e indiferente de la medicina ,en la cual la relación médico paciente se denigra a la atención a desgano, mezquina, haciendo del paciente un objeto, un número más entre otros tantos que hay que atender, como expresión no ética, denigrante del rol profesional médico. En la práctica profesional del abogado y fundamentalmente la del funcionario asesor del Estado -en la cual quiero poner foco - la distinción muchas veces no es tan nítida y nos sumerge en un área menos clara o gris, en la cual el funcionario puede encontrarse ante la enorme disyuntiva de seguir la orden del superior jerárquico, contemplando el interés del Estado o actuar estrictamente en base a las reglas jurídicas en juego, aun cuando al hacerlo afecte los intereses del Estado, disyuntiva la cual, a pesar de su relevancia, puede pasar desapercibida, sin la debida reflexión ética.Para cumplir el objetivo de este trabajo se impone el análisis de algunos conceptos que constituyen verdaderos cimientos jurídicos sobre los cuales construir mi reflexión ética.